sábado, 20 de marzo de 2010

¿Conductas suicidas?

Otra imagen de irresponsabilidad cotidiana.



Son alrededor de las 18.00 hs. de un día laboral cualquiera en la intersección de la Av. Paseo Colón y la calle Alsina. Por supuesto hora pico y mucho tránsito sobre todo en esa mano de la avenida que va al sur.
Sin embargo podemos ver a todas esas personas en la calzada o de bajo de la acera esperando un colectivo y poniendo irresponsablemente en riesgo sus vidas o su integridad física.

Y esto no lo digo yo, es que se sabe estadísticamente que en los incidentes que involucran a peatones, el 65% es por responsabilidad de los mismos.

¿Que dice la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial?

Primero, que en la vía pública se debe circular respetando
las indicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación, las señales del tránsito y las normas legales, en ese orden de prioridad.
Son reglas generales para los peatones y discapacitados, transitar:

a) En zona urbana:

1. Unicamente por la acera u otros espacios habilitados a ese fin;

2. En las intersecciones, por la senda peatonal;

3. Excepcionalmente por la calzada, rodeando el vehículo, los ocupantes del asiento trasero,
sólo para el ascenso-descenso del mismo;

Las mismas disposiciones se aplican para sillas de lisiados, coches de bebés, y demás vehículos que no ocupen más espacio que el necesario para los peatones, ni superen la velocidad que establece la reglamentación

b) En zona rural:

1. Por sendas o lugares lo más alejado posible de la calzada. Cuando los mismos no existan, transitarán por la banquina en sentido contrario al tránsito del carril adyacente. 2. Durante la noche portarán brazaletes u otros elementos retrorreflectivos para facilitar su detección.

3. El cruce de la calzada se hará en forma perpendicular a la misma, respetando la prioridad de los vehículos.

c) En zonas urbanas y rurales si existen cruces a distinto nivel con senda para peatones, su uso es obligatorio para atravesar la calzada.

Cuando no existiera senda peatonal habilitada exclusivamente para personas con discapacidad se considera tal a la franja imaginaria sobre la calzada, inmediata al cordón, que comunica la rampa con la senda peatonal.

Por último les dejo las recomendaciones más comunes para que procuremos ser más cuidadosos con nosotros mismos.


Dr. Pablo Fappiano
Director de Seguridad Vial
Fundación Aprender